Llámanos

Cartagena de Indias:
+57 311-377-4325

Escríbenos

cartagena.sea.agency@gmail.com

Encuéntranos

Astillero Ferroalquimar, sector industrial de Mamonal

Acerca de

Cartagena Sea
Agency & Brokerage

  1. Inicio
  2. Acerca de Cartagena Sea
Trámites de Registro
Trámites de Inspección Marítima
Cambios de Catalogación
Matriculaciones / abanderamientos
Cambio de Propiedad
Inspecciones

Pide una Cita

Entendemos la necesidad de brindar al mercado otra manera de ofrecer los trámites de agenciamiento, colocando un sello distintivo a un servicio apasionante.

Trámites que Realizamos

N
Trámites de Registro.
N
Trámites de inspección marítima.
N
Cambios de catalogación.
N
Matriculaciones / Abanderamientos.
N
Cambio de propiedad.
N
Inspecciones y Documentación.

Nuestra Historia

Cartagena sea Agency inició sus operaciones en la ciudad de Cartagena de indias en marzo del 2019 de la mano de María de los Ángeles Torres y Daniela Rocío Guerrero Ramos, quienes son ampliamente reconocidas en el negocio del agenciamiento marítimo náutico. Luego de desarrollar su carrera por más de 10 años en diferentes compañías de logística, María de los Ángeles entendió la necesidad de brindar al mercado otra manera de ofrecer el servicio de agenciamiento, colocando su sello distintivo a un negocio apasionante. Para Cartagena Sea, es esencial hacer sentir tanto a los armadores como a los dueños de las embarcaciones que sus intereses están bien representados en Cartagena de Indias.

Valores que nos Diferencian

Transparencia en nuestros servicios

Nuestro servicio está fundamentado en brindarle a usted la transparencia, confianza y tranquilidad para poder realizar los agenciamientos y trámites de su embarcación, soportada en estándares de calidad, seguridad y en un excelente equipo de trabajo en temas relacionados con la permanencia de la embarcación dentro del territorio colombiano.

Valor

Para Cartagena Sea, es esencial hacer sentir tanto a los armadores como a los dueños de las embarcaciones que sus intereses están bien representados en Cartagena de Indias.

Documentación obligatoria a bordo

La navegación en barco es una actividad que acostumbra a practicarse para desconectar de la rutina, divertirse, relajarse… Sin embargo, puede convertirse en una situación realmente desagradable y cara si antes de salir del puerto no nos aseguramos de tener todos los documentos obligatorios a bordo, ya que puedes necesitarla en el caso de tener un contratiempo, o bien, simplemente porque las autoridades pertinentes te la soliciten. En Cartagena Sea Agency & Brokerage nos comprometemos en hacerle los trámites correspondientes en el menor tiempo posible.

Cartagena Sea Agente Marítimo

Entendemos la necesidad de brindar al mercado otra manera de ofrecer los trámites de agenciamiento, colocando un sello distintivo a un servicio apasionante.

María de los Ángeles Torres
Agente Marítimo

Documentación Obligatoria

Llevar a bordo la documentación del barco es obligatorio y las autoridades pueden solicitarla en cualquier momento. En este artículo te explicamos todo lo que debes saber sobre los documentos necesarios en una embarcación.

La navegación en barco es una actividad que acostumbra a practicarse para desconectar de la rutina, divertirse, relajarse… Sin embargo, puede convertirse en una situación realmente desagradable y cara si antes de salir del puerto no nos aseguramos de tener todos los documentos obligatorios a bordo, ya que puedes necesitarla en el caso de tener un contratiempo, o bien, simplemente porque las autoridades pertinentes te la soliciten. Si no dispones de ella, la multa puede salirte muy cara. Por este motivo, es importante saber de qué documentos concretos se trata.

Matrícula

Este es el documento alfanumérico que contiene información administrativa concreta de una embarcación y que, por lo tanto, la individualiza de todas las demás. Debe ir pintada o fijada en ambas amuras del barco a la máxima altura posible de la línea de flotación y con un tamaño adecuado para que sea fácilmente visible.

Los datos que componen la matrícula de un barco son la lista a la que este pertenece, su Provincia Marítima (expresada mediantes sus letras correspondientes), su Distrito Marítimo (en número), su folio y año. Todos estos datos deben ir separados mediante un guión, tal y como se muestra en el siguiente ejemplo:

7-BA-6-179-11

Registro
Para estar amparados por la legislación española, también es necesario que nuestro barco esté matriculado en uno de los Registros de Matrícula de buques de los Distritos Marítimos dependientes de la Dirección General de la Marina Mercante. Cada Distrito Marítimo dispone de su propio Registro de Matrícula: el del Distrito de la Capitanía Marítima está a cargo del Capitán Marítimo, mientras que los de los demás Distritos están a cargo de la Autoridad Marítima local correspondiente.

A la vez, la Lista de Registro es el documento que demuestra e indica a qué tonelaje o actividad está adscrita un buque. Por ejemplo, las embarcaciones que se usen con propósitos lucrativos se inscribirán en la lista 6ª, mientras que aquellas que estén dedicadas exclusivamente a la práctica deportiva o la pesca sin ánimo de lucro se inscribirán en la 7ª.

Titulaciones nauticas
Es el documento que autoriza una embarcación a navegar por los mares bajo pabellón colombiano y legitima las funciones del Capitán o Patrón a bordo de su barco. “Navegar bajo un pabellón” implica que estamos aceptando su legislación.
El Titulo de Navegación es Expedido por la DIMAR en nombre del Gobierno de Colombia (como Administrador) en virtud de lo dispuesto en El Convenio Internacional Sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia Para La Gente De Mar, 1978, En Su Forma Enmendada STCW, donde certifica que el portador es plenamente cualificado de conformidad con lo dispuesto en la regla especifica del mencionado Convenio y competente para desempeñar las funciones, al nivel especificado para los tripulantes que naveguen en embarcaciones de bandera colombiana o internacional.
Licencia de navegación o Título vigente
La licencia de navegación es el documento que acredita la idoneidad del tripulante, para su desempeño a bordo, siendo obligatoria para todos y cada uno de ellos. Dicha licencia de navegación expedida en virtud de la Ley 35 de 1981, reglamentada por el presente Decreto, será obligatoria para todos los tripulantes de naves dedicadas al transporte marítimo, a partir del 28 de abril de 1989.
La Licencia de Navegación es expedida por la DIMAR en nombre del Gobierno de Colombia como Estado Soberano para los tripulantes que naveguen en embarcaciones de bandera colombiana.
Póliza de seguros (pasaje) obligatoria - (recreo o deportiva) opcional

Recreo o deportiva – opcional

Documentación personal de los tripulantes e invitados
Identificación del personal tanto de los tripulantes como de los invitados.

En Cartagena Sea Agency & Brokerage Te Brindamos

Agenciamiento y Tramitaciones

Tanto de botes de recreo, como yates, catamaranes y buques comerciales de bandera extranjera, durante sus estancias en el puerto de Cartagena o dentro del territorio colombiano

Presets Color

Primary
Secondary
Abrir chat
💬 ¿Necesitas ayuda?
Hola 👋 Bienvenido al Chat de Cartagena Sea Agency & Brokerage, Agenciamiento marítimo.
¿En qué podemos ayudarte?